Qué es el Kit digital y quién puede beneficiarse de esta ayuda

La crisis sanitaria provocada por el virus COVID-19 ha acelerado la transformación digital de empresas, organizaciones e instituciones. A raíz de la evolución del sector tecnológico y la rápida transformación digital a la que están sometidos todos los negocios, las instituciones europeas, junto con los gobiernos de los países miembros, acordaron un paquete de medidas y ayudas para favorecer el crecimiento de las economías nacionales, y por tanto de la UE, centrándose en la digitalización, el emprendimiento digital y la implementación de herramientas y plataformas digitales que mejoren el rendimiento, gestión y procesos de las empresas.

El pasado 30 de diciembre de 2021 se publicó en el BOE (Boletín Oficial del Estado) la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, en la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la digitalización de micro empresas, pequeñas empresas y personas en régimen de autoocupación (autónomos) en el marco de la Agenda España Digital 2025, Plan de Digitalización PYMES 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España financiado por la Unión Europea, Next Generation EU (Digital Toolkit).

¿Qué es el Kit Digital?

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital – RED.ES ha lanzado el Kit Digital, un programa público de ayudas y subvenciones para pequeñas y medianas empresas y autónomos con el objetivo de impulsar la digitalización y modernización del tejido productivo de España y fomentar el crecimiento económico del país.

El programa, dotado con más de 3.000 millones de euros, procedente de los fondos Next Generation de la Unión Europea, contará de diferentes convocatorias hasta finales del 2023. Según la ministra Nadia Calviño “dotar a nuestras pymes y autónomos de las herramientas digitales que necesitan para aumentar su escala, acceder a nuevos mercados y desarrollar todo su potencial” es una de las prioridades del Gobierno en etapa post-Covid, dada su afectación durante la pandemia, para la recuperación económica de España.

¿Cuáles son los objetivos del Kit Digital?

El “Digital Toolkit” es la herramienta clave para favorecer la digitalización del tejido empresarial español, apostando por la transformación digital y la recuperación económica del país. Pero ¿cuáles son los objetivos de las ayudas?

  • Mejorar la productividad de las empresas.
  • Aumentar la competitividad del mercado español.
  • Facilitar la integración de herramientas tecnológicas en los procesos de gestión del negocio.
  • Implementar e integrar recursos digitales para favorecer el crecimiento del negocio.
  • Favorecer la digitalización de las empresas con pocos recursos.
  • Aumentar el índice del nivel de madurez digital de las empresas españolas.

¿Quién puede beneficiarse de las ayudas?

Esta primera convocatoria de ayudas, con un presupuesto de 500 millones de euros, va dirigida a cualquier negocio o actividad empresarial hasta un máximo de 49 empleados con domicilio fiscal en el territorio español. El Gobierno de España ha segmentado la distribución de las ayudas en función del número de empleados y la categoría de la empresa para poder beneficiarse de estas.

Segmento 1: Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados con un importe máximo del bono digital por empresa de 12.000€.

Segmento 2: Pequeñas empresas o microempresas de 3 a 9 trabajadores con un importe máximo del bono digital de 6.000€.

Segmento 3: pequeñas empresas o microempresas y autónomos de 1 o 2 empleados con un importe máximo del bono digital de 2.000€.


Requisitos y condiciones para solicitar el “Bono digital”.

Cuando se quieren solicitar ayudas públicas, no es oro todo lo que reluce. Los requisitos y condiciones para poder ser beneficiario de uno de los “bonos digitales” del kit Digital forman parte de toda la ecuación del programa.

  1. Ser una empresa pequeña o autónomo y no superar el número de empleados establecido en los segmentos.
  2. No tener consideración de ser una empresa en crisis.
  3. Estar al corriente de pagos y obligaciones tributarias.
  4. No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  5. Estar inscrito o registrado en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  6. No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea.
  7. No superar el límite de ayudas minimis (200.000€).
  8. Realizar y disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital de acuerdo con el test de diagnóstico.

Cómo digitalizar el negocio, las soluciones digitales.

Las soluciones digitales de las que se disponen son varias y están vinculadas a un importe máximo en función del segmento al que pertenece la empresa.

  1. Sitio web y presencia en internet: creación de páginas web, posicionamiento SEO o visibilidad de la empresa en los principales sitios de internet. También se incluye la mejora funcional de la web corporativa.
  2. Comercio electrónico: creación de una tienda online para la compra/venta de productos y/o servicios que utilice medios digitales para el intercambio.
  3. Gestión de redes sociales: promoción del negocio a través de las redes sociales.
  4. Gestión de clientes y/o proveedores: digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales con los clientes.
  5. Business Intelligence y Analítica Digital: explotación de datos de la empresa para mejorar el proceso de toma de decisiones.
  6. Servicios y herramientas de oficina virtual: implementar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de la pyme.
  7. Gestión de procesos: digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos de la pyme.
  8. Factura electrónica: digitalizar el flujo de emisión de facturas entre la pyme y sus clientes empleando un software de facturación.
  9. Comunicaciones seguras: proporcionar a las pymes seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
  10. Ciberseguridad: proporcionar a las pymes seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados.

En la siguiente tabla se detallan los importes máximos por solución digital y segmento:


En el momento de solicitar la ayuda no es condición consumir la totalidad del bono recibido. Por ejemplo, si tenemos un bono digital de 6.000€ podemos gastar en soluciones digitales que necesitemos un valor de 3.000€ y el restante devolverlo.

Cómo solicitar el Kit Digital.

Solicitar el “Bono digital” que nos ofrece el “Digital Toolkit” es muy sencillo.

  1. Acceder a AceleraPyme y registrarse a través del formulario online. Una vez registrado nos facilitarán acceso al área privada.
  2. Realizar el Test de Diagnóstico digital o test de nivel de Madurez Digital. Es obligatoria su realización si queremos acceder al bono digital.
  3. Opcionalmente, podrás realizar los Test de Autoevaluación de Transformación Digital y Autoevaluación de ciberseguridad obteniendo información sobre el estado de madurez de tu negocio en estas áreas.
  4. Una vez finalizados, recibirás el “Bono digital” con la cantidad asignada (las cantidades anteriormente asignadas son máximos, por tanto, se te puede asignar una cantidad inferior) que podrás emplear para elegir una o más soluciones digitales y ejecutarlas a través del Agente Digitalizador.

Cómo gastar o usar el bono digital

Una vez tenemos asignada la cantidad de nuestra ayuda a la digitalización y confirmemos que somos beneficiarios de la misma solo nos queda elegir la o las soluciones digitales de la lista que nos ofrecen.

Para usar el bono en las soluciones se deberá:

  1. Formalizar un acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales entre el beneficiario y el Agente Digitalizador.
  2. Una vez formalizado el acuerdo, el Agente Digitalizador implanta los requisitos pertenecientes a cada fase de la solución ofreciendo la solución tecnológica al beneficiario.
  3. El Agente Digitalizador emite una única factura tras la primera fase de prestación del servicio con el importe total de la prestación del servicio por los 12 meses e indicando la cantidad asignada del bono.
  4. El beneficiario realizará el abono en un único pago de los gastos no subvencionables y cederá el derecho de cobro del importe subvencionable en favor del agente digitalizador.
  5. El Agente Digitalizador prestará la solución digitalizadora durante 12 meses desde el comienzo de la implantación.

¿Cuáles son los plazos de tiempo?

    • Las empresas que quieran optar a la subvención o al Kit Digital tendrán un plazo de 3 meses para realizar la solicitud, o hasta agotar el presupuesto.
    • Las ayudas se concederán por orden de llegada de las solicitudes hasta agotar el presupuesto destinado al Kit Digital. Por tanto, no hay un plazo establecido para la concesión de estos bonos digitales.
    • Una vez recibido el “Bono digital” se dispone de un período máximo de 6 meses para utilizarlo hasta en cinco soluciones digitales de un año de duración.
    • El importe subvencionable se abonará en dos fracciones. El 70% en el momento de la compra y el 305 restante cuando pase el período de uso (al finalizar el año de servicio).

Enlaces de Interés:

  • Nota de prensa del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital RED.ES de la publicación de las bases reguladoras:

https://portal.mineco.gob.es/RecursosNoticia/mineco/prensa/noticias/2021/211230_np_kit.pdf

  • BOE Ley 38/2003, de 17 de Noviembre. General de Subvenciones.

https://www.boe.es/buscar/pdf/2003/BOE-A-2003-20977-consolidado.pdf

  • ¿Quieres conocer el grado de digitalización de tu pyme?

https://www.acelerapyme.gob.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme

  • ¿Cuáles son los datos de contacto de tu pyme?

https://www.acelerapyme.gob.es/registro-pyme

 

Enero 2022
Jordi Gangolells / Responsable Marketing Digital